
Sr Monotributista
22.01.2013 14:19
El 21 de enero próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2012.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.
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